El contexto español
España es, junto con Irlanda, de los países de la Unión Europea donde más ha subido el precio de la energía en los últimos años. Este dato, junto con el hecho de unas cifras de paro muy superiores a la media europea, ha provocado un incremento de las personas vulnerables que sufren pobreza energética. Una de las herramientas que disponemos para mitigar esta problemática ha sido el bono social.
A pesar de que ya existía desde hace años, en abril de 2018 entra en vigor con nuevas características. Por eso, en AEIOLUZ , desde nuestra lucha para acabar con la pobreza energética, creemos que es indispensable contar cómo es el nuevo bono social.
¿Qué es el bono social?
El bono social es un descuento en la factura energética que se aplica sobre los consumos y la contratación del usuario. Para tener acceso a este descuento se deben cumplir unos requisitos de renta en la unidad familiar, así como tener un contrato menor a 10 kW (el 99% de los hogares cumple con esto) y un contrato de electricidad con tarifa PVPC (el precio regulado por el Estado) que encontraremos solamente en empresas de último recurso.
Además, es necesario ser titular de la factura sobre la que se demanda el bono social. Y estar al corriente con los pagos a los suministradores. Por otro lado, solo la factura eléctrica tiene descuento y otros suministros como gas y agua quedan excluidos.
La nueva normativa, que entra en vigor en abril de 2018, dispone unos máximos de consumo anual que serán bonificados. Estos baremos dependen de las características de la unidad familiar. El exceso de la cifra máxima consumida se facturará al precio normal de mercado fijado por el PVPC (precio voluntario del pequeño consumidor).
Aquí adjuntamos una tabla con los consumos máximos bonificables para cada unidad familiar, y dependiendo de su consideración como consumidor vulnerable o vulnerable severo.
¿Quién se puede beneficiar?
Se pueden diferenciar tres tipos generales.
- Pensionistas con pensión mínima y familias numerosas (25% descuento)
- Consumidor vulnerable (25% descuento)
- Vulnerable severo y en riesgo de exclusión social (40% descuento)
1-Pensionistas con pensión mínima o familias numerosas
La pensión mínima está determinada por los baremos que fija la Seguridad Social. Las familias numerosas son aquellas que tienen más de tres miembros menores en la unidad familiar. A ambos se le aplica un descuento del 25%.
2-Consumidor vulnerable
Depende de un nivel de renta determinado, fijado por el IPREM (Indicador Público de Renta a Efectos Múltiples de 14 pagas). Se basa en el nivel de renta de la unidad familiar y las circunstancias especiales de cada una (discapacidad, familia numerosa…). Dependiendo de la situación familiar, el nivel de renta o situaciones especiales como ser víctima de terrorismo y en situación de violencia de género, existen diferentes grados.
3-Vulnerable severo y consumidor en riesgo de exclusión
Ciudadanos que se encuentran dentro de los parámetros de servicios sociales para la subvención de las facturas de suministros. En principio, la nueva legislación fija la repercusión del bono social al 50% entre las empresas comercializadoras, y las instituciones competentes en materia de servicios social (ayuntamientos y comunidades autónomas). Aun así, no se han previsto partidas presupuestarias concretas para tales gastos en la administración pública, y la atribución de competencias no deja claro cómo se repartirá el peso entre gobiernos autonómicos y municipales. Un supuesto difícil de aplicar en la práctica.
¿Qué cambia?
Se determinan unos límites de consumo dependiendo de las características de la unidad familiar. Por un lado, es positivo porque fomenta el ahorro energético, pero por otro lado, existe una discriminación clara, dado que el monto de consumo energético no diferencia entre diferentes zonas climáticas de España. Y no es lógico suponer que se va a tener las mismas necesidades de energía en Lanzarote que en Soria, dado que tienen climas muy diferentes. Además, el reparto de la energía subvencionada es lineal, por lo que habrá meses que no lleguemos a disfrutar de toda la bonificación y meses de más necesidad energética, que el límite será superado con facilidad y, por tanto, disfrutaremos de una bonificación parcial que queda muy justa, dado que los valores considerados están verdaderamente ajustados.
¿Qué beneficios acarrea el bono social?
Los descuentos antes mencionados, mayor protección ante posibles prácticas fraudulentas de cambio de tarifas y seguridad jurídica por parte de las familias vulnerables ante los cortes de suministros. La nueva ley define claramente, dependiendo de la situación de la unidad familiar, el plazo de corte en caso de impago: De 2 a 4 meses. Para aquellos usuarios en riesgo de exclusión no se contempla el corte de suministro.
¿Cómo lo puedo pedir?
- Cumplimentar el modelo de solicitud que se puede encontrar en la web de las suministradoras de referencia.
- Fotocopia del DNI del titular del contrato de suministro, y en su caso de los demás miembros de la unidad familiar
- Certificado de empadronamiento de todos los miembros de la unidad familiar.
- Libro de familia en caso de ser familia numerosa.
- En caso de demanda por razón de ser pensionista, será necesario un certificado de la Seguridad Social para acreditar el cobro de la pensión mínima.
- En caso de estar bajo las circunstancias especiales (discapacidad 33%, víctima violencia de género o de terrorismo), serán necesarios los documentos acreditativos expedidos por servicios sociales.
Si tengo bono social, ¿tengo que renovarlo?
Sí, el plazo para renovarlo finalizaba el 10 de abril de 2018, pero se ha ampliado seis meses más. A partir del momento de la aceptación, tendrás que renovarlo cada dos años, o en el caso que las condiciones por las que se te concedió ya no se cumplan. El procedimiento es el mismo descrito en el punto anterior para una primera solicitud.
Críticas al sistema
Según un estudio realizado dentro del proyecto Europeo Smart-UP, el nuevo bono social puede significar un coste de hasta el 40% más para los consumidores con bono social. Esto es así, porque se penaliza el consumo máximo durante los meses de más frío, y no se tienen en cuenta las características de eficiencia energética de los edificios. Esto se agrava cuando tenemos en consideración que por regla general las personas con peores rentas residen en edificaciones más antiguas, más propensas a ser más ineficientes.
Por otro lado, hasta la entrada en vigor de la actual reforma, la gran mayoría de personas con bono social entraban bajo el precepto de tener menos de 2.7 KWh de potencia contratada. Eliminando este concepto, no se sabe a ciencia cierta si estas personas podrán continuar dentro del bono social, dado que no está claro si podrán cumplir los nuevos requisitos de renta.